18 ene 2011

¿ COMO ACTUAR ANTE UN MULTA DE TRÁFICO?

Recoja siempre las notificaciones que le llegan a su domicilio. Existe una creencia generalizada y equivocada, que aconseja no recoger los certificados para así librarse de la correspondiente multa. Sin embargo, lo que se consigue con esta actitud es de no enterarse del procedimiento que se sigue contra el afectado por dicha multa y, por tanto, no podrá defenderse. Se recomienda recoger siempre los certificados y, a partir de ese momento, realizar los escritos necesarios.

Jamás discuta con el Agente que le denuncia. Un enfrentamiento con el Agente nunca traerá consecuencias positivas y, sin embargo, sí puede perjudicarle.

Las autoridades tienen la obligación de parar al conductor en el acto. Es decir, en el momento en el que cometa la infracción. La notificación posterior está permitida sólo como excepción.

Defiéndase a tiempo. No es lo mismo iniciar la defensa cuando se recibe la primera notificación que cuando se recibe una notificación de apremio o embargo. Indudablemente, la eficacia del recurso dependerá de si se ha tramitado el expediente desde el principio o se inicia el recurso al final, cuando ya poco se puede hacer.

Su domicilio siempre debe estar actualizado. Es decir, el domicilio que figura en su carnet de conducir debe ser su domicilio real; al igual que ha de suceder con el domicilio del propietario que figura en la documentación de su vehículo. De lo contrario, las multas nunca llegarán a su destinatario y será responsabilidad suya, por que la ley impone la obligación de comunicar los cambios de domicilio. Además, sólo se enterará de la existencia de la multa cuando la Administración le embargue su cuenta corriente.

En todas las sanciones, se debe solicitar siempre pruebas. Como la fotografía por exceso de velocidad o contrastar que el radar ha pasado la inspección anual. La foto tiene que verse clara y debe aparecer un solo coche.

No está obligado a firmar el boletín cuando el agente le denuncia.

Ante la pregunta del Agente de si desea firmar el boletín de denuncia, debe Vd. saber que no existe obligación de hacerlo. En caso de que Vd. firme, ello no quiere decir que esté de acuerdo con la multa, sino tan sólo que la ha recibido.

Si su vehículo va a ser subido a la grúa. Puede Vd. abonar la tasa al Agente en ese momento por el desplazamiento de la grúa, de importe inferior a la que ha de pagar si lo retirase al Depósito Municipal de Vehículos

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