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18 nov 2010

Como reurrir multas

1º-  Tener en cuenta los días que tenemos de plazo para recurrir la multa
Con la nueva ley de Tráfico (DGT) que entró en vigor el pasado verano son:
-Desde que llega la notificación de la multa a nuestro domicilio.
-Desde que el agente nos entrega la denuncia en mano o a pie de calle.
*En el caso de las multas por aparcamiento en el parabrisas no cuenta como notificación hasta que es recibida en nuestro domicilio.
2º- Decidimos recurrir la multa por no estar de acuerdo.
-Contamos con 20 días naturales para las alegaciones y enviar cualquier prueba que pueda beneficiarnos.
3º-Para poder  ganar el recurso en  multas de velocidad tener en cuenta.
-Comprobar si en la multa han hecho llegar la fotografía con los datos de la velocidad a la que ha sido hecha, que es distinta de la por la que te han denunciado, si se ha aplicado el margen de error al radar  (hasta 100km/h, el error legal permitido es de 4km/h en radares fijos y 7km/h en los móviles. Mientras que el margen en las mediciones por encima de 100km/h es de un 4%).
-Dato importante  sólo debe aparecer 1 solo vehículo en la imagen, el hecho de que aparezcan 2 vehículos puede indicar una posible interferencia en la medición de la circulación del automóvil que se pretende sancionar.
4º-Para multas de aparcamiento tener en cuenta.
-          Carril-bus – Sanción por estacionar no te quitan puntos.
-          Aparcar en carga y descarga / doble fila- La sanción por estacionar no supone quitar puntos.
-          Zona ORA – la grúa puede retirar el vehículo si no ponemos el distintivo o se ha sobrepasado el triple de tiempo abonado.
5º-Si pagamos.
-           Tendremos derecho a un descuento del 50% del importe de la multa si pagamos en los 20 días naturales que disponemos.
6º En caso de ignorar la multa
-          En caso de No pagar / No recurrir en 1 mes podrá ejecutar  porque es firme sin que la Administración haga nada.
-          Se retirarán los puntos en cada caso y se deberá pagar el importe acudiendo a los recursos normales de pago de la DGT .
Ahí quedan las pautas más básicas y primordiales para recurrir las multas. Aunque parezca algo “farragoso” si se consideran injustificadas no dudes en consultar estos puntos